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Foto: gratisography |
Junto a mi casa hay una pequeña lavandería que es atendida por una risueña jovencita. El
último sábado, mientras regresaba de hacer unas compras domésticas, escuché los
gritos airados de un hombre en sus 30s que reclamaba a la chica por los
constantes retrasos en la entrega de su ropa. “¡No hay confianza!”, le dijo,
antes de marcharse airado.
Minutos
después, ya en casa, encendí la computadora y revisé los titulares de varias
noticias nuevas y no tan nuevas, sobre el escándalo de los audios, mentiras y corrupción
que vivimos en el país. Tres de ellos (frases para la histeria), captaron mi
atención: “Aunque les duela, no es delito” (Becerril); “El tema de fondo es si
hay delito o no en lo que uno hace” (Hinostroza) y “Fue un error empezar mi
gestión con una mentira” (Chávarri).
Me
pregunté entonces, ¿por qué algo tan nimio como un retraso en la entrega de
unos vestidos causa tanta furia y algo tan terrible como la mentira de un
magistrado de la nación puede hasta pasar piola y causar en muchos una reacción
insuficiente y tan lenta?
Ver: Congreso tiene más de 30 días sin debatir acusación contra Hinostroza
Ver: Congreso tiene más de 30 días sin debatir acusación contra Hinostroza
¿Por qué
en el Perú romper la confianza pública es tan barato y quebrar la confianza
privada tan caro?
Entonces, abrí
el Código Penal y encontré que los artículos 209 a 215 del Código Penal
tipifican los "Delitos contra la Confianza y la Buena fe en los
negocios" (Atentados contra el sistema crediticio, usura y libramiento y
cobro indebido). Del mismo modo, hallé que la confianza privada es protegida
por los artículo 427 a 439 del mismo Código, actos que si bien están bajo el
paraguas de “Delitos contra la Fe Pública”, básicamente buscan regular el uso
de documentos, sellos y timbres y actos que se dan en las relaciones entre
privados.
No
encontré, sin embargo, nada parecido que protegiera la Confianza pública.
Se me
ocurrió entonces si sería pertinente y saludable crear el "Delito contra
la Confianza y Ética en el ejercicio de la función pública" por actos
como, por ejemplo, mentir de la manera que lo han hecho el Fiscal de la Nación
y el congresista Becerril; actuar como ha actuado el Juez Supremo César
Hinostroza; etc. Algo que se ocupe de las relaciones de confianza que debe existir entre el ciudadano y el funcionario pùblico de los niveles más altos.
Sé que la
propuesta suena, para algunos, algo descabellada, pero en todo caso, es útil
para generar una pregunta de supervivencia, cuasi existencial: ¿Por qué la
"confianza y buena fe en los negocios" recibe tanta protección y la
"confianza y buena fe en el ejercicio de la función pública" tan
poquita?
¿Por qué a
personajes públicos que gozan de un estatus especial e inmunidad por la función
que ejercen, les sale tan barato (casi gratis o hasta rentable, diría yo)
traicionar la confianza pública?
La "inmunidad" sin altas exigencias éticas es "impunidad". Mientras la Confianza Pública no tenga el mismo estatus de protección que la Confianza en los Negocios, tendremos una economía de mercado (de mercado informal, caótico, insalubre, sin garantías y callejero) pero no una República ni un Estado de derecho.
Lima, 20
de agosto de 2018.
Julio
Álvarez
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