lunes, 20 de agosto de 2018

Audios, corrupción y mentiras: Confianza privada vs Confianza pública

Foto: gratisography
Junto a mi casa hay una pequeña lavandería que es atendida por una risueña jovencita. El último sábado, mientras regresaba de hacer unas compras domésticas, escuché los gritos airados de un hombre en sus 30s que reclamaba a la chica por los constantes retrasos en la entrega de su ropa. “¡No hay confianza!”, le dijo, antes de marcharse airado.

Minutos después, ya en casa, encendí la computadora y revisé los titulares de varias noticias nuevas y no tan nuevas, sobre el escándalo de los audios, mentiras y corrupción que vivimos en el país. Tres de ellos (frases para la histeria), captaron mi atención: “Aunque les duela, no es delito” (Becerril); “El tema de fondo es si hay delito o no en lo que uno hace” (Hinostroza) y “Fue un error empezar mi gestión con una mentira” (Chávarri).

Me pregunté entonces, ¿por qué algo tan nimio como un retraso en la entrega de unos vestidos causa tanta furia y algo tan terrible como la mentira de un magistrado de la nación puede hasta pasar piola y causar en muchos una reacción insuficiente y tan lenta?

Ver: Congreso tiene más de 30 días sin debatir acusación contra Hinostroza

¿Por qué en el Perú romper la confianza pública es tan barato y quebrar la confianza privada tan  caro?

Entonces, abrí el Código Penal y encontré que los artículos 209 a 215 del Código Penal tipifican los "Delitos contra la Confianza y la Buena fe en los negocios" (Atentados contra el sistema crediticio, usura y libramiento y cobro indebido). Del mismo modo, hallé que la confianza privada es protegida por los artículo 427 a 439 del mismo Código, actos que si bien están bajo el paraguas de “Delitos contra la Fe Pública”, básicamente buscan regular el uso de documentos, sellos y timbres y actos que se dan en las relaciones entre privados.

No encontré, sin embargo, nada parecido que protegiera la Confianza pública.

Se me ocurrió entonces si sería pertinente y saludable crear el "Delito contra la Confianza y Ética en el ejercicio de la función pública" por actos como, por ejemplo, mentir de la manera que lo han hecho el Fiscal de la Nación y el congresista Becerril; actuar como ha actuado el Juez Supremo César Hinostroza; etc. Algo que se ocupe de las relaciones de confianza que debe existir entre el ciudadano y el funcionario pùblico de los niveles más altos.

Sé que la propuesta suena, para algunos, algo descabellada, pero en todo caso, es útil para generar una pregunta de supervivencia, cuasi existencial: ¿Por qué la "confianza y buena fe en los negocios" recibe tanta protección y la "confianza y buena fe en el ejercicio de la función pública" tan poquita?

¿Por qué a personajes públicos que gozan de un estatus especial e inmunidad por la función que ejercen, les sale tan barato (casi gratis o hasta rentable, diría yo) traicionar la confianza pública?

La "inmunidad" sin altas exigencias éticas es "impunidad". Mientras la Confianza Pública no tenga el mismo estatus de protección que la Confianza en los Negocios, tendremos una economía de mercado (de mercado informal, caótico, insalubre, sin garantías y callejero) pero no una República ni un Estado de derecho.

Lima, 20 de agosto de 2018.
Julio Álvarez